Tus derechos laborales como mamá en México, Argentina, Colombia, Uruguay y Chile

Cuando te enteras de que vas a ser madre la alegría y la novedad es lo que ocupa tu mente. Al principio tu mundo gira alrededor de las emociones que vas experimentando y quieres saberlo todo, sobre todo si eres madre primeriza. Buscas nombres de bebés, imágenes e información sobre cómo va creciendo dentro de tu panza y todo lo que se te pueda ocurrir en torno a él. Y así van pasando los días y las semanas, hasta que te percatas que como trabajadora no podrás estar siempre a tiempo completo con tu bebé…

Poder congeniar trabajo y maternidad es un derecho de todas las mujeres, el trabajo no debe ser un impedimento para tener una maternidad plena y saludable. ¿Conoces tus derechos laborales como madre? ¿Estás informada sobre estos derechos laborales en otros países latinoamericanos?

Los derechos laborales por maternidad difieren en cada país, si bien es importante que conozcas los derechos que tienes en tu país, siempre es bueno saber cuánto se ha avanzado sobre el tema en los países de la región. Es por eso que en esta oportunidad te mostramos los derechos laborales de las mujeres embarazadas en Uruguay, México, Argentina, Colombia y Chile.


México


La licencia por maternidad es de un período de 3 meses con goce de sueldo, el descanso se divide en 6 semanas anteriores a la fecha fijada para el parto y seis semanas posteriores. Las madres perciben sus salario íntegro y todos los derechos que hubieran adquirido por la relación de trabajo.

En el período de lactancia tienen derecho a 2 descansos extraordinarios por día para alimentar a sus hijos, de media hora cada uno. Pueden decidir cómo aplicar su derecho de una hora de lactancia diaria.

Argentina


En Argentina las madres tienen derecho a 90 días de licencia. Se los debe tomar 45 días antes y 45 días después de la fecha presunta de parto.

Sin embargo, puede optar por la reducción de la licencia anterior al parto, que no podrá ser inferior a 30 días. El resto del período de licencia se le acumulará al descanso posterior al parto.

Sobre la lactancia (no podrá ser superior a un año posterior a la fecha del nacimiento) la madre tiene derecho a dos pausas diarias, de treinta minutos cada una, para amamantar al niño


Colombia


Al igual que en Uruguay la mujer gestante tiene una licencia de 14 semanas que se las debe tomar de la siguiente manera: 2 semanas con anterioridad a la fecha probable del parto y el resto después de esa fecha.

Si la madre no puede optar por esas 2 semanas previas puede gozar de las 14 semanas en el posparto inmediato, asimismo puede trasladar una de las dos semanas previas a la licencia posparto (teniendo 13 semanas posparto y una posparto). Cuando se reintegre, para amamantar la madre tiene derecho a 2 descansos de 30 minutos cada uno dentro de la jornada, durante los primeros seis meses del bebé.

Actualmente hay un proyecto de ley que aumenta a 18 semanas la licencia por maternidad.


Uruguay


En Uruguay las embarazadas que tienen una actividad laboral válida les corresponde un subsidio por maternidad común, que es de 98 días de licencia. Durante la licencia maternal se le da un subsidio que es sustitutivo del salario y cubre los 98 días de licencia pre y posparto.

Además el derecho a la percepción íntegra del subsidio “no se verá afectado por la suspensión o extinción de la relación laboral durante el período de gravidez o de descanso puerperal”. La licencia puede comenzar hasta 6 semanas antes de la fecha presunta de parto (42 días de preparto) y se extiende hasta 8 semanas después del parto (56 días de posparto).

Las madres reciben el 100 % del promedio diario o mensual de las remuneraciones percibidas en los 6 meses anteriores (más la cuota correspondiente a licencia, aguinaldo y salario vacacional correspondiente al período de amparo). En el periodo de lactancia la madre puede interrumpir su trabajo para amamantar, durante dos períodos de media hora dentro de su jornada diaria.

Chile


En el caso de Chile las embarazadas tienen derecho a un descanso de 6 semanas antes del parto y 12 semanas después de él. En cuanto a la lactancia, las madres que tienen hijos menores de 2 años podrán hacer uso de una hora diaria para alimentarlos.

La madre podrá disponer de esta porción de tiempo en alguna de las siguientes formas:

 En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo.
 Dividiendo la hora de que dispone en dos porciones.
 Postergando o adelantando el inicio y/o término de la jornada.

Si bien se ha avanzado aún queda mucho por hacer. Muchas mujeres latinoamericanas desconocen cuál es su protección social por maternidad, y muchas otras por tener un trabajo informal no cuentan con las prestaciones que las benefician por ley. Lo mejor que puedes hacer es buscar información y asesorarte sobre tus derechos.

Por: Noelia Farias.
Vía: iMUJER.


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